Promesas rotas desde
La Habana a Bilbao
Un español, condenado a pagar 40.000 pesetas
al mes
a una cubana a la que abandonó tras casarse
con ella
B. DE LA CUADRA, Madrid
La boda en La Habana de un turista bilbaíno que, a sus 47 años,
se casó con una joven cubana de 24, a la que hizo generosas promesas
ante notario, ha concluido por el momento con la condena que un juez de
Bilbao le ha impuesto —40.000 pesetas mensuales por alimentos—, a la vista
del abandono en que ha dejado a su joven esposa. La sentencia ha sido apelada.
Todo empezó el verano pasado. El bilbaíno José
Ignacio A. P. D. conoció en La Habana a Daine A. R., de nacionalidad
cubana. La relación sentimental entre ambos originó varios
viajes más de José Ignacio a Cuba, que finalmente culminaron
en el matrimonio celebrado ante el cónsul español en La Habana
en pleno calor: el 10 de agosto de 1998.
Dadas las expectativas de convivencia en Bilbao con su marido, Daine
se trasladó a España unos meses después y comenzó
a residir con su esposo en el domicilio del padre de éste, un anciano
de 84 años. A los cuatro días, Daine pidió a su marido
un cambio de residencia a causa de las diferencias con su suegro.
Al aeropuerto
Ante la negativa de José Ignacio, ambos cónyuges discutieron
y Daine pidió a su esposo que la llevara al aeropuerto para regresar
a Cuba. Ya en el aeropuerto de Foronda (Vitoria), al preguntar la joven
por un vuelo a Cuba, el personal del aeropuerto se interesó por
su situación y llamó a los servicios sociales del Ayuntamiento,
que le encontraron acomodo y la asesoraron jurídicamente.
La demanda de Daine contra José Ignacio en solicitud de los alimentos
que el Código Civil le faculta a reclamar por su condición
de esposa fue contestada por el demandado con el doble argumento de que
"el matrimonio se verificó con la sola finalidad de obtener su esposa
permiso para residir en España" y de que su situación de
desempleo le impedía abonar cantidad alguna.
El magistrado Edmundo Rodríguez Achútegui, titular del
Juzgado de Primera Instancia número 10 de Bilbao, al que correspondió
resolver este caso, admite en su sentencia de 12 de marzo último
la frecuencia del matrimonio entre turistas españoles y ciudadanos
cubanos, pero "esta situación no puede degenerar", razona, "en que
quien contrae matrimonio se desentienda del cónyuge una vez llegan
a España, como es el caso".
Desamparo
El juez considera que "la situación de desamparo en que se deja
a quien es abandonado en un país extraño, sin familiares
o amigos a los que recurrir, tiene su correctivo en la institución
de los alimentos, que obliga, según el artículo 142 del Código
Civil, a prestar 'lo que es indispensable para el sustento, habitación,
vestido y asistencia médica', e incluso los gastos de embarazo y
parto y la educación e instrucción del menor de edad".
En cuanto a la alegación del demandado de que se encuentra en
situación de desempleo, el juez considera que, "de ser cierto, supondría
que, estando en esa situación, pudo permitirse viajar a Cuba, conocer
a su actual mujer, volver en varias ocasiones para mantener con ella una
relación que culminó en matrimonio, regresar el mes de agosto
del año pasado para contraer matrimonio" y atender otros gastos.
La interposición por José Ignacio de una demanda de separación
no impide, según el juez, "la procedencia de unos alimentos solicitados
por razón del matrimonio". En consecuencia, al tratarse de pleitos
diferentes, denegó la paralización del proceso.
Un turista generoso
El mismo caluroso día de agosto de 1998 en que el turista bilbaíno
José Ignacio A. P. D. contrajo matrimonio con la joven cubana Daine
A. R., declaró ante un notario de La Habana que deseaba que su mujer
residiera en España y que se hacía "enteramente responsable
del alojamiento, manutención y cuantos más gastos" originara.
Esa actitud prometedora ha sido recordada por el juez de Bilbao al fundamentar
la condena: "Incluso hizo una solemne declaración, ante un notario
cubano, sobre su compromiso de hacerse enteramente responsable" de los
gastos de su esposa. Frente al argumento de que tal declaración
era precisa para conseguir que Daine fuera autorizada a salir de Cuba,
el juez la considera "auténtica", a la vista del proyecto de convivencia.
Y es más. El juez condena al marido al pago de las costas, por
apreciar temeridad en su oposición a la demanda, ya que "en cierta
forma" provocó la situación de su esposa "al abrir con el
matrimonio unas expectativas que luego desaparecen tras apenas cuatro días
de convivencia, y la abandona sin reparo a su propia suerte, en un lugar
desconocido, sin más medios que un billete de avión".
1.728 bodas entre españoles
y cubanos el año pasado
MAURICIO VICENT, La Habana
Los matrimonios entre cubanos y españoles aumentaron vertiginosamente
en los últimos años. Los datos son elocuentes: en 1991 se
registraron 76 matrimonios en el Consulado General de España; la
cifra aumentó a 670 en 1993 y a 1.037 en 1995. En 1996 se llegó
a 1.190 y a 1.498 en 1997. El año pasado se registraron 1.728 matrimonios.
Y en 1999 podrían batirse todos los récords: en los tres
primeros meses se casaron en Cuba 610 parejas hispano-cubanas.
El boom de los matrimonios hispano-cubanos se desató en
1993, cuando la crisis económica se agudizó y el turismo
se extendió en la isla. Estas dos causas, unidas a la exigencia
de mayores requisitos migratorios pedidos a los cubanos para viajar a España,
convirtió el matrimonio en la vía más rápida
y efectiva para volar a la madre patria.
El prototipo de estos matrimonios es conocido: cubana joven, guapa y
de piel tostada, con español tirando a madurito, o incluso supermaduro.
Recientemente, un cubano de 33 años se casó en La Habana
con una española de 88. En esos casos, el Consulado no inscribe
los matrimonios por estimarlos fraudulentos.
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